Desde los orígenes de la República en 1810, el sistema electoral venezolano ha vivido una evolución paralela al desarrollo político y constitucional que lo ha llevado a configurarse actualmente como uno de los más avanzados, blindado y uno de los pocos del mundo en contar con un sistema totalmente automatizado y auditable en todas sus fases.
Tradicionalmente las elecciones, tanto en lo que se refiere al mecanismo de selección y relevo de gobernantes como a la reglamentación del sufragio, han reflejado las ideas y prejuicios de los grupos dominantes.
Sin embargo, quizás como reflejo de la verdadera vocación democrática del venezolano, en el país los procesos electorales han experimentado una trayectoria tendente a la conformación de una participación política plena, la cual, aunque matizada por circunstancias históricas, ha avanzado hasta llegar a constituir un Poder Electoral, concebido en la Constitución de 1999.
En su exposición de motivos, el texto constitucional se refiere al “salto cualitativo que supone el tránsito de la democracia representativa a una democracia participativa y protagónica”. Ello dio origen entonces a la creación de un poder que dirige, regula y supervisa los procesos electorales con absoluta independencia de las otras ramas del poder público nacional.
Primeros procesos electorales
Si bien la primera Constitución de la Junta Suprema de Caracas, en abril de 1810, no tuvo su origen en un proceso electoral formal, poco después, convocó a elecciones para el Congreso Nacional que se reuniría en marzo de 1811. El primer reglamento electoral de Venezuela se aprobó en 1810, y fue redactado por el abogado y periodista Juan Germán Roscio. Más tarde, la Constitución de 1811, aunque proclama el principio de soberanía popular, establece el sufragio censitario, altamente restrictivo, y el sistema indirecto.

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De forma similar el texto de 1819, a pesar de proclamar la relación entre el principio de soberanía y las elecciones, sigue manteniendo el carácter de sufragio restringido y la votación indirecta en segundo grado. Los textos de 1830, 1857 y 1858, se presentan de forma similar, aunque el sistema de elección presidencial, alcanzó un cierto nivel, en cuanto a legitimidad se refiere, lo que se reflejó en la estabilidad política del país. En el texto de 1857 se suprimieron para los votantes las restricciones de carácter capacitario.
Posteriormente, en la época denominada constitucionalismo federal se produjo un importante avance respecto a la representación política pues, en 1864 y 1874, se proclamó el sufragio universal masculino, aunque en este último, se suspendió el voto secreto. El voto obligatorio, declarado en 1881, fue suprimido luego en la Constitución de 1893, la cual además incorporó la elección directa del Presidente de la República.
Participación política en el siglo XX
Al comienzo del siglo XX, en 1901 y 1904 comienza un periodo de reforzamiento del Poder Ejecutivo y vuelve la elección indirecta del Presidente. Luego, en el gomecismo y hasta 1931 se continúa reforzando. Aunque en el texto de 1936, promulgado bajo el mandato del General Eleazar López Contreras, se restablecen la libertad de prensa y de pensamiento, y se proclama el sufragio universal masculino, se exceptúa del voto a los que no supieran leer o escribir. Pero a pesar de que se legalizan numerosas fuerzas políticas, se prohíbe la existencia de partidos políticos de ideología izquierdista, a los que se consideraba como traidores a la patria.
Más tarde, en 1945, se vive una apertura democrática. Se excarcela a los presos políticos, se permite el retorno de los exilados y se legalizan las fuerzas políticas, hasta ese momento prohibidas. Se proclamó la elección directa de los diputados y, por primera vez en la historia constitucional de Venezuela, se proclama el sufragio universal incluyendo a la mujer, aunque sólo para las elecciones de carácter municipal.
Tras el golpe de estado de 1947, se proclama el sufragio universal, la elección directa y se realizan las primeras elecciones presidenciales. Vendría un periodo de conflictividad y nula participación política de la ciudadanía hasta 1961, cuando el texto constitucional proclama el sufragio universal, sin discriminación de sexo, libre directo y secreto, de carácter obligatorio, y con un alto nivel de constitucionalización de los partidos políticos, que llevó a una “democracia de partidos”.
Luego en la década de 1990, el monopolio de los dos partidos alternantes en el poder y la corrupción llevó al cuestionamiento de la clase política, agravada por la crisis económica y social. Sería entonces la Constitución de 1999, aprobada por la población en referéndum, la que traería una renovación al sistema electoral dando paso al Poder Electoral.
1989 – 2000: Importantes transformaciones
Un año de grandes transformaciones para el sistema electoral en el país fue 1989. Entonces se realizaron las primeras elecciones directas de gobernadores – designados hasta ese momento por el Presidente de la República – y de alcaldes. También se cambia el Sistema de Elección de Concejales pasando del de listas cerradas a uno proporcional de listas abiertas.
A partir de ese momento y hasta la entrada del siglo XXI se produjeron más modificaciones e innovaciones, como la elección por representación proporcional personalizada de diputados al Congreso y a las Asambleas Legislativas, así como concejales; la conformación de las Circunscripciones Electorales para Cuerpos Deliberantes; y ajustes en los instrumentos de votación.
La Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política es promulgada en 1997, normativa que fue objeto de una reforma parcial al año siguiente. Con ella se inició un proceso de renovación del proceso electoral venezolano, consagrándose tres significativas innovaciones: automatización de los procesos electorales, despartidización de los organismos electorales y consagración del referéndum consultivo de alcance nacional. Además, a partir de este mandato Venezuela viene innovando en materia de automatización del voto.
Comenzando el siglo XXI, se promulga en 2002, la Ley Orgánica del Poder Electoral, acorde a lo contemplado en la Constitución de 1999. Finalmente, el Poder Electoral es reconocido como tal y ampliado en la vigente Ley Orgánica de Procesos Electorales promulgada en 2009.
La Constitución de 1999
El Poder Electoral como rama del poder público se consagra institucionalmente en Venezuela a partir de la Constitución de 1999, la cual concibe un Estado pluralista como un elemento más de garantía para la participación y el protagonismo del ciudadano, indicando el fortalecimiento de las múltiples y diversas agrupaciones de la sociedad civil como intermediarias, y a los ciudadanos como sujeto de la política.
En consecuencia, no debe existir un solo ente intermediario en la relación Estado-ciudadano, como se estableció en la Constitución de 1961, sino que toda agrupación ciudadana con fines políticos o no y todas las ramas del poder público velarán porque sea así.
También, igual que en las otras constituciones, se establece que la soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce a través de las nuevas formas de participación y el sufragio.
La creación del Poder Electoral
La creación del Poder Electoral responde a los cuestionamientos que desde diferentes sectores del país se formularon frente a la organización de los procesos electorales y sus resultados, y la falta de credibilidad en torno a éstos.
Se requería entonces conformar una organización comicial sólida, fundamentada en una estructura moderna, con reglas claras, garantías de procesos electorales transparentes, técnicos, precisos e imparciales, que ofreciera confianza en cuanto al respeto del voto.
Lo que conllevó a la conformación de una nueva estructura organizacional, que tuviera como base y principio la autonomía funcional presupuestaria, la despartidización de la administración electoral y, por supuesto, la transparencia, así como la celeridad de los actos de votación y escrutinio.
Cinco principios fundamentales deben ser asegurados por el Poder Electoral y la legislación el correspondiente ordenamiento político: igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia.
El Poder Electoral
Es concebido en la Constitución como el conjunto de órganos que organizan, supervisan y llevan a buen término las elecciones y referendos, y en general los procesos electorales, para que el pueblo ejerza democráticamente su soberanía a través del sufragio universal, directo y secreto. El Poder Electoral es el asiento donde los otros poderes se constituyen en forma directa o indirecta.
Reglamentar las leyes electorales, resolver las dudas y vacíos que éstas susciten o contengan; la organización, administración, dirección y vigilancia de todos los actos relativos a la elección de los cargos de representación popular de los poderes públicos, así como de los referendos; emitir directivas vinculantes en materia de financiamiento y publicidad político electorales y aplicar sanciones cuando no sean acatadas, son algunas de sus funciones.
Además, debe formular su presupuesto, el cual tramitará directamente ante la Asamblea Nacional y administrará autónomamente.
De darse el caso, también debe declarar la nulidad total o parcial de las elecciones; mantener, organizar, dirigir y supervisar el registro civil y electoral; organizar la inscripción y registro de las organizaciones con fines políticos y velar porque éstas cumplan las disposiciones sobre su régimen establecidas en la Constitución y la ley. Por otra parte, tiene la responsabilidad e controlar, regular e investigar los fondos de financiamiento de las organizaciones con fines políticos.
¿Quiénes integran el Consejo Nacional Electoral?
El Consejo Nacional Electoral está integrado por cinco personas o rectores. Tres de ellos postulados por la sociedad civil, uno por las facultades de ciencias jurídicas y políticas de las universidades nacionales, y uno por el Poder Ciudadano.
Los tres integrantes postulados por la sociedad civil tendrán seis suplentes, mientras que cada uno de los designados por las universidades y el Poder Ciudadano tendrá dos suplentes, respectivamente.
Éstos son designados por la Asamblea Nacional con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes. Los integrantes del Consejo Nacional Electoral escogen de su seno a su Presidente, conforme a la Ley,
Sus integrantes permanecerán siete años en sus funciones y serán elegidos por separado: los tres postulados por la sociedad civil al inicio de cada período de la Asamblea Nacional, y los otros dos a la mitad de éste.
Pionero en el mundo
Venezuela se convirtió en el año 2004 en el primer país del mundo en realizar una elección nacional con máquinas que imprimen el comprobante del voto.
En este sentido, el Centro Carter avala en uno de sus informes que Venezuela es uno de los primeros países del mundo en integrar el sistema automatizado de votación (SAV) a su sistema electoral, mecanismo usado en algunos países como Holanda, Bélgica, Suiza, Estados Unidos, México, Australia, Brasil, España e India, mientras en muchos otros apenas se estudia su implementación.
Actualmente, el sistema de votación es totalmente automatizado y puede ser auditado en todas sus fases, pero el proceso ha sido progresivo.
Las primeras elecciones totalmente automatizadas se realizaron en 1998. El sistema era mixto: los cuadernos continuaban siendo manuales y la votación se hacía sobre un tarjetón en el que se rellenaba un óvalo con un bolígrafo, y el voto era introducido en unas máquinas con un lector óptico para hacer el conteo y la totalización de forma automatizada. A partir de 2003, se intensificó la inversión para lograr la automatización total de las distintas fases del proceso electoral.
Fortalezas y ventajas
El sistema automatizado de votación presenta importantes ventajas para el proceso electoral. Inicialmente, las máquinas de votación son una alternativa innovadora, segura y 100% auditable y el escrutinio se hace de forma inmediata.
Adicionalmente, posibilita mayores niveles de seguridad; aumenta la confiabilidad y permite el uso de las mismas máquinas de votación para diversos procesos electorales.
El manejo del voto es hecho únicamente por el elector, con un adiestramiento mínimo. Los resultados oficiales son exactos y rápidos y la data se puede auditar en todo momento. Además, el sistema de respaldo es automático. También cuenta con un mecanismo de cifrado y compresión para proteger los datos electorales; seguridad en la red de transmisión y respaldo de energía eléctrica.
En concreto, el sistema automatizado de votación cuenta con siete instancias de verificación de votos: el voto físico, impreso en papel especial, con marcas de agua y tinta de seguridad; la memoria fija (interna) de cada máquina; la memoria removible (externa) de cada máquina; el acta de escrutinio de la mesa de votación; el voto electrónico transmitido a los centros de totalización; el acta electrónica y el acta de totalización.
Autenticación digital con la huella: elección blindada
Con la entrada del Sistema de Autenticación Integral (SAI), el proceso electoral también se fortaleció. Esta última fase de la automatización permite al elector activar la máquina con su impresión dactilar, lo cual representa una garantía más para la integridad del voto.
Nuestro país volvió a marcar la pauta cuando realizó la primera elección nacional con autenticación biométrica del elector y la posterior activación de la máquina de votación.
Una vez que la huella dactilar del elector es autenticada, la máquina es activada para que el elector marque su voto directamente en la pantalla de la máquina o en la boleta electrónica. Todas las fases del proceso están resguardadas con una clave alfanumérica cifrada a través de un hash o firma electrónica.
Con información de CNE, Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales, Centro Carter y Dialnet
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1 comentario
En verdad es un sistema electoral automatizado confiable para los venezolanos y ejemplo para el mundo